En Exclusiva para los griegos le informamos que la dirección de notariado le aplicó una reprensión:

Ricardo González, conocido en Grecia, como " Papuch", vuelve a ser noticia.

Este ex candidato a la alcaldía griega fue objeto de una reprensión por parte de la Dirección Nacional de Notariado ( DNN)

Documento en poder de Encuentro Municipal, que destapa la verdad, nos dice que " Papuch" se le siguió un procedimiento disciplinario administrativo, proceso número 47072.

De acuerdo al acto final, resolución 128635, dice:

Dice que se encontró culpable de los hechos denunciados al Notario, por incumplimiento al articulo 27 del Código Notarial.

Dependiendo de la gravedad de la falta existen tres tipos de sanciones, apercibimiento (regañada), reprensión (jalón de orejas) o suspensión (inhabilitación para ejercer).

En este caso aplicaron una reprensión, siendo que si se repite tocaría de inmediato la suspensión.

 

Por otro lado indica que sobre esta decisión no cabe recurso de ningún tipo y queda inscrita la reprensión en el Registro.

Artículo 27.- Presentación de los índices

Los índices quincenales deben presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a los días quince y último de cada mes. Los notarios podrán remitirlos al Archivo Notarial, por correo certificado o cualquier otro medio que autorice, con indicación del contenido. Cuando se envíen por correo certificado, se tomará como fecha de presentación la señalada en el recibo extendido por la oficina de correos.

Vencido el término indicado para recibir los índices, el Archivo Notarial informará al órgano disciplinario respectivo cuales notarios no cumplieron oportunamente con la presentación. Si, dentro de los dos días posteriores al vencimiento de la fecha para entregar el índice, el órgano disciplinario correspondiente recibiere copia del índice con razón de recibo por el Archivo Nacional, hará caso omiso de la queja contra el notario por no haber presentado el índice a tiempo.

 

Artículo 139.- Clases de sanciones

Las sanciones pueden consistir en apercibimiento, reprensión y suspensión en el ejercicio de la función notarial.

El apercibimiento y la reprensión procederán en caso de falta leve, según su importancia.

Existirá falta grave y, por consiguiente, procederá la suspensión en todos los casos en que la conducta del notario perjudique a las partes, terceros o la fe pública, así como cuando se incumplan requisitos, condiciones o deberes propios del ejercicio del notariado, contemplados en las leyes o resultantes de las disposiciones emanadas de las autoridades públicas, en el ejercicio de competencias legales.

FUE NOTICIA EN LA CAMPAÑA MUNICIPAL PASADA

Auditor de la Muni de Garabito lo  denunció por cobrar pago de plus de prohibición y que al parecer no lo cumplía por lo que le debe de reintegrar al ayuntamiento 4 millones de colones.

Ricardo González,  había enviado un documento para llegar un acuerdo con  la Muni, hasta el día de hoy a raíz del silencio que hay en ese gobierno local desconocemos si ya pagó ese dinero.

 

Según la regidora Ana Graciela Martinez, de Nueva Mayoría, Ricardo González pulsearía  otra vez ser candidato a la alcaldía griega. Preguntamos, señor González, ¿ así aspira ser alcalde griego?, con ese jalonazo de orejas de la dirección de notariado.

( Foto tomada del Facebook de Ricardo González)